Aquellas vías terrestres de comunicación, calles, plazas, avenidas, viaductos, jardines, paseos, parques públicos, mercados, hospitales, panteones, montes y bosques localizados en la Ciudad de México que no son propiedad federal ni de particulares.
Estos bienes no pueden ser alienados, prescritos ni embargados.
Aplicabilidad
Ciudad de México.
Fundamento
Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público (Ciudad de México), artículos 19 y 79.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, artículo 55.
Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, artículos 6, 7 y 14.
Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, artículo 13.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, artículos 15 y 18.