Límites de un terreno, o que dividen dos terrenos entre sí.
Puede emplearse para referirse a la delimitación de espacios de escala humana, como predios urbanos, hasta la de entidades federativas. En el caso de los predios urbanos, diversas acciones urbanísticas como la relotificación o la fusión modifican los linderos.
Aplicabilidad
Nacional. Puede tomar una acepción distinta de entre las mencionadas en la definición dependiendo la materia y el ámbito de gobierno.
Fundamento
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 27.
Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, artículos 18 y 19.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, artículo 62.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, artículos 4, 35, 46, 139, 164, 165 y 170.
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, artículos 94 y 103 bis 2.
Reglamento de Impacto Ambiental y Riesgo del Distrito Federal, artículos 6 y 68.
Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, artículos 56 y 57.
Ley de Vivienda para la Ciudad de México, artículo 90.
Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal, artículo 3°.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, artículos 141 y 166.