Instrumento de planeación de la Ciudad de México que establece los ejes, objetivos, estrategias, metas y acciones en materia de Vivienda.
Su vigencia es de seis años, con revisiones y actualizaciones bianuales.
Aplicabilidad
Ciudad de México. El Programa debe ser elaborado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), instancia responsable también de aplicarlo. Contendrá:
-
- Diagnóstico de la situación habitacional y escenarios a corto, mediano y largo plazo,
- Metas y objetivos en función de las prioridades establecidas en principios y prioridades de la política de Vivienda, y en el Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México,
- Congruencia con la programación del desarrollo económico, social y urbano de la Ciudad de México,
- Estrategias e instrumentos diversos de vivienda,
- Estrategias de participación social y de los productores de vivienda,
- Estrategia para la implementación del desarrollo orientado al transporte de la mano con la Secretaría de Movilidad (SEMOVI),
- Compatibilidad entre las metas programadas y los intereses de los sectores público, privado y social,
- Programación anual,
- Mecanismos de coordinación con el Gobierno Federal y otras entidades federativas,
- Lineamientos de concertación con productores de vivienda sociales y privados, y
- Lineamientos para el desarrollo de vivienda en materia de medio ambiente, incluyendo ecotecnias y sustentabilidad.
Una vez elaborado, el Jefe de Gobierno deberá remitirlo al Congreso de la Ciudad de México para su conocimiento, lo publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y le dará difusión.
Fundamento
Ley de Vivienda para la Ciudad de México, artículos 5, 8, 12, 27, 28, 29 y 30.