Organismo público con autonomía técnica y de gestión, que norma y coordina el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.
Las actividades que desempeña y modo en que las realiza deben lograr la captación, procesamiento y publicación de información de interés nacional adecuada a las necesidades del desarrollo nacional, comparable en tiempo y espacio, y que responda a estándares internacionales. Los datos generados por el Instituto, y en general los contenidos por el Sistema que coordina, serán de uso obligatorio para la administración pública de los distintos órdenes de gobierno. También calcula el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Por sus siglas es conocido también como INEGI.
Ámbito de acción
Nacional en la captación, procesamiento y publicación de información de interés nacional, realizando proyectos con desagregación a diversas escalas. Las instituciones públicas y la sociedad deben colaborar para la producción de datos y, en el caso de las autoridades, retomarla para el diseño e implementación de políticas públicas.
Fundamento
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 26.
Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, que regula al Sistema y a su órgano coordinador.
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, artículos 15 y 159 Bis.
Ley de Vivienda (federal), artículo 43.