Instrumento elaborado por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (SEDEMA) que señala criterios para la declaración de cada tipo de contingencia ambiental en la capital del país, las medidas preventivas y las que se implementarán durante la misma, así como supuestos de prórroga y de exención.
Cuando se cumplan las condiciones necesarias para un estado de contingencia ambiental, y ésta sea declarada por las autoridades correspondientes, los responsables de las fuentes de contaminación estarán obligados a cumplir con las medidas de prevención y control establecidas en el Programa, en tanto no entren en los supuestos de exención previstos para las fuentes fijas contaminantes atmosféricas y no hubieren cubierto las formalidades necesarias ante la SEDEMA.
Aplicabilidad
Ciudad de México. Los programas son expedidos por la SEDEMA y su cumplimiento es obligatorio para los responsables de las fuentes móviles de contaminación que se relacionen con el tipo de declaratoria y programa.
Fundamento
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, artículos 138, 182, 184, 185 y 186.