Instrumentos de planeación aplicables para localidades menores a 50 mil habitantes que, por su complejidad y recursos disponibles, no requieren (y frecuentemente no pueden sufragar) el mismo desarrollo que otro tipo de programas de Desarrollo Urbano.
Sus especificidades estarán definidas en las legislaciones de las entidades federativas, debiendo, sin embargo, contar siempre con la congruencia, coordinación y ajuste con referencia a los planes y programas vigentes de mayor jerarquía.
Aplicabilidad
Nacional con especificidades en cada entidad federativa.
Fundamento
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, artículos 23 y 42.