Dícese en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal de infraestructuras de movilidad subterráneas, incluyendo viaductos, pasos a desnivel inferior y otras similares.
La realización de obras situadas en los límites de los servicios subterráneos requiere autorización especial que señale las medidas de protección necesarias para preservar los servicios subterráneos.
Aplicabilidad
Ciudad de México en materia de construcciones. Las disposiciones para los servicios subterráneos deben aplicar a actores que forman parte del Comité de Usuarios del Subsuelo y otros que coincidan en este espacio.
Fundamento
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, artículo 30.